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Impuesto de sucesiones en Castilla y León 2026: cuánto se paga

Última revisión:

Castilla y León funciona con una reducción «variable» que completa hasta 400.000 € por heredero, y desde mayo de 2021 (Ley 3/2021) con una bonificación del 99 % para hijos, cónyuge y padres. El resultado para la familia directa son cifras pequeñas. Para hermanos y sobrinos, en cambio, sigue aplicándose la ley estatal sin ningún descuento autonómico.

Orientativo, para fallecimientos desde el 1 de enero de 2026 y personas fallecidas con residencia habitual en Castilla y León. El mecanismo general está en cómo se calcula el impuesto de sucesiones.

Las reglas de Castilla y León

Están en el Decreto Legislativo 1/2013, texto refundido de tributos propios y cedidos de Castilla y León. En lo que la comunidad no regula, se aplica la Ley 29/1987 del Estado.

Reducción por parentesco (art. 13.1):

Vivienda habitual del fallecido: Castilla y León no tiene regla propia, así que rige la estatal (Ley 29/1987, art. 20.2.c): 95 % del valor, hasta 122.606,47 € por heredero, para cónyuge, hijos y padres, conservándola diez años. Como la reducción variable completa hasta 400.000 € sumando todas las demás, la de vivienda queda absorbida: para hijos, cónyuge y padres el resultado es el mismo con vivienda que sin ella.

Tarifa: la estatal, del 7,65 % al 34 % (Ley 29/1987, art. 21.2).

Coeficiente: el estatal (Ley 29/1987, art. 22.2): 1 para hijos, cónyuge y padres con un patrimonio previo de hasta 402.678,11 € (1,05 hasta 2.007.380,43 €, 1,1 hasta 4.020.770,98 € y 1,2 por encima). Para hermanos y sobrinos, de 1,5882 a 1,9059.

Bonificación (art. 17 bis): 99 % para cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos. Nada para hermanos, sobrinos ni para nadie más.

Parejas de hecho: se asimilan al cónyuge las uniones de hecho con al menos dos años de convivencia estable e inscritas en el Registro de Uniones de Hecho de Castilla y León o en registros análogos (art. 22.1.a).

Cinco ejemplos

Sin deudas, sin seguros y sin ajuar salvo en el último caso.

Quién hereda Qué hereda A pagar
Hijo de 45 años 300.000 € 0 €
Hijo de 45 años 1.500.000 € 3.021,23 €
Hijo de 45 años 500.000 €, de los que 300.000 € son la vivienda habitual 124,15 €
Cónyuge de 70 años 600.000 €, de los que 250.000 € son la vivienda habitual 316,41 €
Padre de 80 años 450.000 € más 10.000 € de ajuar doméstico 62,59 €

Para hermanos y sobrinos no damos cifra en esta página: la ley autonómica no regula su reducción y tributan por la estatal sin bonificación, con el coeficiente multiplicador. Es un caso para consultar.

El hijo con 1.500.000 €, paso a paso

  1. Reducciones: 60.000 € por parentesco + 340.000 € de reducción variable = 400.000 €. Base liquidable: 1.100.000 €.
  2. Tarifa estatal: 199.291,40 € por los primeros 797.555,08 € + 34 % de los 302.444,92 € restantes = 302.122,67 €.
  3. Coeficiente 1: sigue siendo 302.122,67 €.
  4. Bonificación del 99 %: se paga el 1 %, 3.021,23 €.

Lo que más sorprende a quien hereda en Castilla y León


Fuentes: Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, arts. 13, 17 bis, 21 y 22, texto consolidado del BOE a 14/05/2024; Ley 3/2021, de 3 de mayo, de Castilla y León (bonificación del 99 %, en vigor desde el 09/05/2021); Ley 29/1987, arts. 20.2, 21.2 y 22.2. Leídos el 3 de noviembre de 2026. Esta página es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Zulú Horizont, S.L.